¿En qué consiste el proceso de legalización de viviendas en la Comunidad Valenciana?
El pasado 8 de febrero de 2019 ha entrado en vigor la Ley 1/2019, de 5 de febrero, de modificación de LOTUP de la Comunitat Valenciana, que permite a los propietarios de viviendas sin licencia en Suelo No Urbanizable (Suelo rústico) legalizarlas mediante los denominados instrumentos de minimización de impactos territoriales.
Con este proceso, podrá obtenerse la legalización de la obra y el uso residencial con independencia de la situación jurídico administrativa en la que se encuentre, es decir, aunque exista abierto un expediente de disciplina urbanística e incluso si el Ayuntamiento de Benferri se hubiera dictado ya (en vía administrativa) una orden de demolición, siempre que no exista una sentencia judicial firme.
¿Qué efectos tiene esta legalización?
Como decimos, podrá obtenerse la legalización de la obra y el uso residencial; esta legalización de la obra ante el Ayuntamiento de Benferri implicará la consiguiente licencia de primera ocupación de la vivienda, así como su inscripción en el Registrode la Propiedad en caso que no estuviese ya inscrita.
Es más, como indica la nueva regulación autonómica, la solicitud de inicio de la evaluación ambiental y territorial estratégica de cualquiera de los instrumentos de minimización de impactos, implica la suspensión de la tramitación de los expedientes de restablecimiento de la legalidad urbanística por parte del Ayuntamiento de Benferri o de la ejecución de las resoluciones que recaigan sobre obras que puedan ampararse en los mismos.
Así, el propietario puede paralizar, por esta vía, los expedientes abiertos y, en el caso de obtener la legalización, no cargaría con las consecuencias de haber actuado en su día sin la correspondiente licencia, pudiendo dejar sin efecto una orden de derribo en el caso de haber sido dictada.
¿Qué requisitos debo cumplir para legalizar mi vivienda?
● Estar completamente construida antes del 20 de agosto del 2014.
● Tener uso residencial.
● Que no exista sobre ellas una sentencia judicial firme (éstas se deberán cumplir de acuerdo con lo que se disponga en las resoluciones judiciales de ejecución que los tribunales dicten).
¿Cuál es el procedimiento que debo seguir para legalizar la vivienda?
1.- Obtener la minimización de impacto ambiental (por Plan Especial o por Licencia).
A) Si existe una densidad igual o superior a 3 viviendas por hectárea, se considera una Agrupación de Viviendas.
A los efectos de la minimización de impactos territoriales existe una agrupación de viviendas en suelo no urbanizable siempre que haya una densidad igual o superior a tres viviendas por hectárea, sin perjuicio de que puedan tener tal consideración grupos de una menor densidad cuando proceda por condiciones de proximidad, de infraestructuras y territoriales.
En estos casos la legalización se llevará a cabo mediante la tramitación de un Plan Especial de Minimización de Impactos que se aprobará por la Conselleriacompetente en materia de ordenación del territorio y urbanismo (para el municipio de Benferri , lo debe aprobar la Comisión Provincial de Alicante).
B) Si no existe tal densidad, o está alejada de un núcleo de viviendas, se considera Edificación Aislada.
Los propietarios de edificaciones que reúnan los requisitos antes señalados, pero por la ubicación alejada de todo núcleo de viviendas consolidado no puedan integrarse en un plan especial de minimización de impactos, deben solicitar la declaración de situación individualizada de minimización de impacto territorial.
Para ello, deben presentar ante el Ayuntamiento de Benferri, junto con la solicitud, la documentación que acredite que no es posible incluirlas en un ámbito de minimización de impactos.
En este caso, corresponde al Pleno de Benferri del Ayuntamiento la declaración de situación individualizada de minimización de impacto territorial.
La declaración de situación individualizada debe incluir las condiciones edificatorias a las que debe ajustarse la posterior licencia de legalización de la construcción.
Y es que, después de haber obtenido la declaración de situación individualizada de minimización de impacto territorial, la persona interesada ha de solicitar en el Ayuntamiento de Benferri una licencia de minimización de impacto territorial y de ocupación a la que debe adjuntar:
● un estudio de integración paisajística.
● un análisis de las afectaciones y riesgos ambientales y medidas correctoras propuestas para evitarlos.
● un proyecto básico, donde se describa la situación actual de la edificación y las obras que resulten necesarias para el cumplimiento de los establecido en el artículo 197 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana.
Hay que poner de manifiesto que todos los costes del proceso serán de cuenta de los propietarios afectados que se han situado voluntariamente en una situación de ilegalidad urbanística.
2.- En su caso, ejecución de las obras de minimización de impacto y obtención de licencia de primera ocupación.
Es decir, el interesado dispone de un plazo máximo de 4 años para la ejecución de las obras de minimización de impacto.